Noticia | Plena vigencia de la Resolución 169/2018

 
Fuente: Cámara Argentina de Distribuidores de Materiales Eléctricos
CADIME
¡Solo serán válidos los certificados de los productos eléctricos en caso de una inspección! Además, se dispone de un plazo de 48 horas para su presentación física o digital.
Luego de varias gestiones y acciones de la Cámara Argentina de Distribuidores de Materiales Eléctricos (CADIME) relacionadas con los cables no certificados, que incluyen solicitudes de entrevistas al subsecretario de Comercio Interior, Ignacio Werner, y al director de Lealtad Comercial, Marcos Nazar Anchorena, por intermedio de dicha cámara y el Foro Nacional de Seguridad Eléctrica (FONSE), como así también otras cámaras del sector; el subsecretario decidió convocar el 21 de mayo pasado a todos los actores involucrados para informar el estado de situación de la Resolución 169/18 y cómo continuará la vigilancia de mercado de productos eléctricos.
En dicho encuentro, Werner, Nazar Anzoerna y Nicolás D’Odorico, director de Políticas de Comercio Interior, comentaron los alcances de la Resolución, la mecánica de implementación y la vigilancia de mercado a implementar; respondiendo las consultas que les realizaron los presentes.
CADIME planteó la necesidad de publicar en un sitio web de acceso público y gratuito los listados de certificados vigentes de productos eléctricos, hoy discontinuados, para poder consultarlos antes de realizar la compra y garantizar la adquisición de productos certificados. Listado que en forma permanente deben suministrar obligatoriamente los organismos de certificación. Al respecto se comprometieron a verificar el tema y subir los listados nuevamente a la página de la Secretaría, que luego será migrada al nuevo formato y con un buscador más amigable y efectivo.
Con respecto a la denuncia de cables no certificados realizada en marzo pasado por CADIME, afirmaron que se están realizando diligencias al respecto, e inspeccionando comercios y fábricas que vendan o produzcan ese tipo de material, a fin de informar y tomar medidas.
También se propuso la implementación de una Resolución desde la Secretaría de Comercio que exija a todas las góndolas y cajas de los comercios la obligatoriedad de exhibir el sello de seguridad certificada, ya que se considera la mejor forma para que el consumidor se acostumbre a verlo, reconocerlo y exigirlo antes de realizar su compra, complementando la publicidad y difusión que se pueda realizar por todos los medios públicos o privados.

Hasta el momento de esta publicación (23 de mayo de 2018) y conforme a la Resolución 169/18, las inspecciones de Lealtad Comercial exigirán los certificados vigentes de los productos inspeccionados, disponiéndose de un plazo de 48 horas para su presentación física o digital, según lo expresa el artículo undécimo de dicha resolución. Es esta la única documentación válida, no así el Formulario C, que será reemplazado por un Permiso de Comercialización, cuando dentro de aproximadamente diez días quede implementado el sistema de trámites por internet, que emitirá una constancia al respecto.

Nota del editor. Sobre la denuncia de CADIME de cables no certificados, remitirse a Ingeniería Eléctrica 331, mayo de 2018, disponible en www.editores.com.ar

CADIME
 

 

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